Pruebas
Presentación gráfica de las maniobras a realizar en la prueba de control de aptitudes y comportamiento en circuito cerrado (cotas expresadas en metros)
Los permisos que se pueden obtener en la autoescuela son los siguientes:
AM
Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos.
A1
Motocicletas de hasta 125cc, ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Edad mínima 16 años.
A2
Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
Motocicletas de cualquier cilindrada, siempre que el conductor pueda acreditar dos años de experiencia en el manejo de motocicletas de hasta 400cc, ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Edad mínima 24 años.
A
El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.
B
Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Edad mínima 18 años.Vehículos de tres ruedas cuya MMA sea inferior o igual a 3500kg y cuadriciclos de motor. Automóviles cuya MMA sea igual o inferior a 3500kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Pueden llevar enganchado un remolque de MMA no superior a 750kg (lo cual suma una MMA total de 4250kg).
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso B y un remolque cuya MMA exceda de 750kg siempre que la MMA del conjunto no exceda de 3500kg y la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
Vehículos especiales agrícolas o conjuntos de vehículos especiales agrícolas, aunque rebasen las masas y dimensiones máximas autorizadas y que transporten hasta 9 personas incluido el conductor.
Vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de vehículos especiales no agrícolas cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h. Si excede de esta cifra su MMA no superará los 3500kg. En cualquier caso, el número de personas transportadas, incluido el conductor, no excederá de 9.
En España se permite que quien tiene el permiso B en vigor con una experiencia superior a 3 años pueda conducir motocicletas de las que autoriza el permiso A1, dentro del territorio nacional.
BE
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso B y un remolque cuya MMA exceda de 750kg siempre que el conjunto no pueda ser conducido con el permiso B. Edad mínima 18 años.
C1
Automóviles de MMA superior a 3500kg que no exceda de 7500kg y tengan un máximo de nueve asientos, incluido el del conductor. Edad mínima 18 años.
C
Automóviles de MMA superior a 3500kg con un máximo de 9 asientos incluido el del conductor, siempre que el conductor sea titular de un Certificado de Aptitud Profesional reconocido por un estado miembro de la UE. Pueden llevar un remolque que no exceda los 750kg de MMA. Edad mínima 18 años.
CE
Conjuntos de vehículos formados por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso C y un remolque de MMA superior a 750kg. Edad mínima 18 años.
D
Automóviles destinados al transporte de personas, cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a 9. Pueden llevar un remolque de 750kg de MMA. Edad mínima 24 años.